Presupuesto y Género en América Latina y el Caribe

Decreto N° 645: Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la Discriminación contra las Mujeres de 17 de marzo de 2011.

Autoría: Asamblea Legislativa

Establece que la elaboración de los presupuestos con enfoque de género debe tener en cuenta las diferentes necesidades de mujeres y hombres, para potenciar la igualdad y acciones equitativas que hagan realidad los compromisos gubernamentales con la equidad y la igualdad.
El Artículo 9, establece que las instituciones del Estado deberán integrar los principios de igualdad y no discriminación en todas las políticas, normativas, procedimientos y acciones desarrolladas en el ejercicio de sus respectivas competencias, por lo que están obligadas a aplicar la estrategia metodológica de transversalidad del enfoque de género.
El artículo 10 señala que la estrategia de transversalidad del enfoque de género se aplicará de forma progresiva y coordinada en el diseño, implementación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas estatales. Y el Artículo 13, establece que el Estado deberá incorporar en su presupuesto los recursos necesarios para dar cumplimiento a la Ley.

  • País: El Salvador
  • Fase presupuestaria: Formulación
  • Nivel de intervensión: Nacional
  • Año: 2011
  • Actores participantes: Entes gubernamentales rectores de presupuesto
  • Archivos adjuntos: H1054_Asam_Salv