Presupuesto y Género en América Latina y el Caribe

Constitución Política del Estado

Autoría: Congreso de Ecuador

El Artículo 70 de su Constitución Política señala “El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público”.

  • País: Ecuador
  • Fase presupuestaria: Formulación
  • Nivel de intervensión: Nacional
  • Año: 2008
  • Actores participantes: Entes gubernamentales rectores de presupuesto
  • Archivos adjuntos: H1040_Cong_EC